Se informa la entrada en vigencia de la Resolución 04/2025 la que deja sin efecto el llamado a Concurso Privado de Precios autorizado por Resolución N° 03/2025 para la compra y provisión de materiales destinados a la ejecución de los proyectos DC 05761/777 – Provisión de GN a localidad de Sinsacate ( Continúa en la nota completa)
RESOLUCIÓN N° 04/2025
VISTO:
La Resolución N° 03/2025 de fecha 24 de Abril de 2025; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 03/2025 de fecha 24 de Abril de 2025 se convocó a Concurso Privado de Precios para la compra y provisión de materiales destinados a la ejecución de los proyectos DC 05761/777 – Provisión de GN a localidad de Sinsacate – Ramal de alimentación 15Kg/cm2; DC 05761/888 – Provisión de GN a localidad de Sinsacate – Planta reguladora de presión 5000 m3/h – 15/7/4 Kg/cm2 y DC 05761/000 – Provisión de GN a localidad de Sinsacate – Nexo con conexión a la red existente.
Que atento a que los fondos a invertir a tal fin van a ser provistos por el Gobierno de la Provincia de Córdoba, con la administración de la Municipalidad de Sinsacate y no por parte de los integrantes del Negocio en Participación, será aquella que deba llamar a Concurso respectivo.
Que, en consecuencia, debe dejarse sin efecto el correspondiente llamado a Concurso Privado de Precios.
Por ello,
EL GESTOR DEL PROYECTO CONVENIO ASOCIATIVO DE NEGOCIO EN PARTICIPACIÓN
RESUELVE
Artículo 1°: DÉJESE SIN EFECTO el llamado a Concurso Privado de Precios autorizado por Resolución N° 03/2025 para la compra y provisión de materiales destinados a la ejecución de los proyectos DC 05761/777 – Provisión de GN a localidad de Sinsacate – Ramal de alimentación 15Kg/cm2; DC 05761/888 – Provisión de GN a localidad de Sinsacate – Planta reguladora de presión 5000 m3/h – 15/7/4 Kg/cm2 y DC 05761/000 – Provisión de GN a localidad de Sinsacate – Nexo con conexión a la red existente cuya apertura de sobres estaba prevista para el día 15 de mayo de 2025, en la Sala de Sesiones de la Municipalidad de Sinsacate, sita en calle 25 de Mayo 50 de la Localidad de Sinsacate Provincia de Córdoba, atento los fundamentos expresados en los considerandos de la presente Resolución.
Artículo 2°: HÁGASE SABER y formalícese.